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Abogado laboralista que defiende tus derechos como trabajador: despidos, reclamaciones y acoso laboral en toda España

Te han despedido, no te pagan lo que te deben o sufres acoso en el trabajo. Presentamos tu demanda sin que adelantes dinero. Solo cobras si ganamos. Modelo online, respuesta en 24 horas, juicio en tu ciudad. Recupera lo que es tuyo.

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Defensa de tus derechos como trabajador ante despidos, impagos y abusos laborales

El derecho laboral es la rama del derecho que regula las relaciones entre trabajadores y empresas, protegiendo los derechos fundamentales de quien presta sus servicios por cuenta ajena. Incluye la defensa ante despidos improcedentes o nulos, reclamación de salarios impagados, indemnizaciones, horas extras, acoso laboral, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, bajas médicas, sanciones injustificadas y cualquier vulneración de derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores, convenios colectivos o contratos de trabajo.

Cada año, miles de trabajadores en España sufren despidos injustificados, impagos de salarios, acoso laboral o modificaciones abusivas de sus condiciones de trabajo. Muchos no reclaman sus derechos porque piensan que es caro, lento o complicado. Otros intentan reclamar solos y pierden el plazo legal (20 días hábiles para impugnar un despido). Otros aceptan acuerdos claramente perjudiciales porque la empresa les presiona.

Un abogado laboralista especializado marca la diferencia entre perder tus derechos y recuperar lo que te corresponde. El procedimiento judicial laboral está diseñado para ser rápido (entre 3 y 6 meses desde la demanda hasta sentencia en primera instancia), pero exige conocer plazos estrictos, saber redactar demandas técnicamente sólidas, presentar prueba adecuada y defender con solvencia en el acto de juicio oral.

20 Días hábiles para impugnar despido
3-6 Meses duración juicio laboral
33 días Indemnización por año (despido improcedente)
45 días Indemnización por año (despido nulo)

📌 Trabaja, pero la empresa no te paga: el caso más frecuente

El impago de salarios —total o parcial— es una de las vulneraciones laborales más habituales. Si llevas más de dos meses sin cobrar tu nómina completa, puedes solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización como si fuera un despido improcedente (33 días por año) más el cobro de los salarios adeudados. Muchos trabajadores desconocen este derecho y siguen trabajando sin cobrar durante meses, perdiendo tiempo y dinero.

Cuándo necesitas un abogado laboralista

Estas son las situaciones más frecuentes en las que un trabajador necesita asesoramiento legal especializado. Si te identificas con alguna, actúa rápido: en derecho laboral los plazos son muy cortos y perderlos significa perder tus derechos.

📋
Te han despedido Con carta de despido o verbalmente. Tienes 20 días hábiles para impugnar. Cada día cuenta.
💰
No te pagan tu salario Llevas dos o más meses sin cobrar completo. Puedes extinguir el contrato con indemnización.
Trabajas más horas de las pactadas Horas extras no pagadas, jornadas excesivas sin compensar. Puedes reclamar hasta 5 años atrás.
😰
Sufres acoso laboral o mobbing Humillaciones, amenazas, aislamiento, cambios de funciones injustificados para forzar tu salida.
📝
Te modifican condiciones sin tu consentimiento Horario, funciones, salario, centro de trabajo. Modificación sustancial requiere procedimiento específico.
🏥
Problemas con bajas médicas Te despiden estando de baja, presiones para que vuelvas antes, negativa a pagar complementos.
⚠️
Te han sancionado injustamente Sanciones desproporcionadas, inventadas o sin procedimiento. Puedes impugnarlas en 20 días.
🔍
Inspección de Trabajo te requiere Como trabajador o autónomo, un requerimiento mal gestionado puede derivar en sanciones graves.
📄
Te ofrecen un acuerdo de baja voluntaria La empresa te presiona para firmar. Antes de aceptar, revisa si te corresponde más.
🤝
Conciliación previa obligatoria (SMAC) Has recibido citación del SMAC. Es el paso previo obligatorio al juicio. Asiste con abogado.
👥
Discriminación por embarazo, género, edad Despido durante embarazo o poco después, diferencias salariales injustificadas, trato desigual.
💼
Eres autónomo con problemas en Seguridad Social Reclamaciones de cotizaciones, altas retroactivas, bajas obligatorias, prestaciones denegadas.

Importante: En derecho laboral, actuar rápido es crítico. Un despido se impugna en 20 días hábiles, una sanción también. Una modificación sustancial tiene plazos específicos. Un salario impagado se reclama mejor cuanto antes. No esperes a que el problema se enquiste. Cuanto antes consultes, más opciones tendrás.

Tipos de despido: improcedente, procedente, objetivo, disciplinario y colectivo

No todos los despidos son iguales. La calificación jurídica del despido determina tus derechos: si tienes derecho a indemnización, cuánto cobras, si puedes reclamar readmisión y si tienes derecho a prestación por desempleo. Estos son los cinco tipos principales de despido en el ordenamiento laboral español:

⚖️

Despido Improcedente

Más frecuente

Es el despido que no cumple los requisitos legales: causa inexistente, insuficiente o mal acreditada. También cuando hay defectos de forma graves (falta de carta escrita, ausencia de preaviso donde procede). El trabajador tiene derecho a elegir entre readmisión o indemnización.

Indemnización 33 días/año
Tope máximo 24 mensualidades
Derecho paro ✓ Sí
Salarios tramitación ✓ Sí (si readmisión)

Despido Procedente

Causa justificada

Despido ajustado a derecho: existe causa real, está probada y se ha seguido el procedimiento correcto. La empresa acredita incumplimientos graves del trabajador (faltas repetidas, indisciplina, bajo rendimiento probado). No genera derecho a indemnización.

Indemnización 0 €
Finiquito ✓ Sí
Derecho paro ✓ Sí
Salarios tramitación ✗ No
📊

Despido Objetivo

Causas económicas

Despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), ineptitud sobrevenida o falta de adaptación. Requiere comunicación escrita con 15 días de preaviso y pago simultáneo de indemnización. Si no se cumple forma, es improcedente.

Indemnización 20 días/año
Tope máximo 12 mensualidades
Derecho paro ✓ Sí
Preaviso 15 días naturales
⚠️

Despido Disciplinario

Falta grave

Extinción del contrato por incumplimiento grave y culpable del trabajador. Causas: faltas repetidas de asistencia o puntualidad, indisciplina, ofensas, transgresión de la buena fe, disminución voluntaria del rendimiento. Debe probarse en juicio. Si no se prueba, es improcedente.

Si procedente 0 € indemnización
Si improcedente 33 días/año
Derecho paro ✓ Sí (siempre)
Preaviso ✗ No procede
👥

Despido Colectivo (ERE)

Pluralidad trabajadores

Extinción de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas que afecta a un número significativo de trabajadores en un periodo de 90 días. Requiere periodo de consultas con representantes legales y autorización administrativa en algunos casos.

Indemnización 20 días/año
Tope máximo 12 mensualidades
Derecho paro ✓ Sí
Procedimiento Periodo consultas
🚫

Despido Nulo (protección especial)

Readmisión obligatoria

Despido que vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones de protección especial: discriminación (género, raza, religión, orientación sexual), embarazo o maternidad/paternidad, víctimas de violencia de género, representantes legales de trabajadores, durante el ejercicio de huelga. Consecuencia: readmisión inmediata obligatoria + salarios de tramitación completos.

Indemnización 45 días/año (si no readmisión)
Readmisión ✓ Obligatoria
Salarios tramitación ✓ Completos desde despido
Derecho paro ✓ Sí (si no readmisión)

Tabla comparativa: qué te corresponde según el tipo de despido

Tipo de despido Indemnización Tope Paro Readmisión
Improcedente 33 días/año 24 mensualidades ✓ Sí Opcional (elige trabajador)
Procedente 0 € ✓ Sí ✗ No
Objetivo 20 días/año 12 mensualidades ✓ Sí ✗ No
Disciplinario (si improcedente) 33 días/año 24 mensualidades ✓ Sí Opcional (elige trabajador)
Colectivo (ERE) 20 días/año 12 mensualidades ✓ Sí ✗ No (salvo nulidad)
Nulo 45 días/año (subsidiario) 42 mensualidades ✓ Sí ✓ Obligatoria

Importante: La calificación del despido la determina el juez tras analizar las pruebas aportadas por ambas partes. Un despido que la empresa presenta como disciplinario puede declararse improcedente o nulo si no se acredita la causa o si vulnera derechos fundamentales. Por eso es crítico contar con asesoramiento especializado desde el primer momento.

Servicios de abogado laboralista: defensa completa de tus derechos como trabajador

Desde despidos improcedentes hasta reclamaciones por acoso laboral. Estos son los servicios laborales que ofrecemos con modelo sin adelantar dinero: solo cobras si ganamos.

Despido improcedente

Impugnamos despidos sin causa real o con defectos formales graves. Reclamamos indemnización de 33 días por año trabajado o readmisión si la prefieres.

  • Análisis carta de despido y viabilidad
  • Presentación demanda en 20 días hábiles
  • Reclamación indemnización + salarios tramitación
  • Opción readmisión si te interesa

Despido nulo (discriminación)

Defensa en despidos que vulneran derechos fundamentales: embarazo, maternidad/paternidad, discriminación por género, raza, edad, orientación sexual o ideología.

  • Readmisión obligatoria inmediata
  • Salarios tramitación completos
  • Indemnización 45 días/año (subsidiaria)
  • Protección especial víctimas violencia género

Reclamación de cantidad

Recuperamos salarios impagados, horas extras no abonadas, pagas extras, pluses, comisiones, diferencias salariales y cualquier concepto retributivo que te deban.

  • Salarios adeudados (hasta 5 años)
  • Horas extras no pagadas
  • Pagas extras, comisiones, incentivos
  • Diferencias entre convenio y nómina

Acoso laboral (mobbing)

Defensa ante conductas de acoso sistemático: humillaciones, aislamiento, amenazas, cambios de funciones injustificados para forzar tu salida voluntaria.

  • Recopilación pruebas (emails, testigos, bajas)
  • Extinción contrato indemnizada
  • Reclamación daños y perjuicios
  • Denuncia Inspección de Trabajo

Modificación sustancial condiciones

Impugnamos cambios unilaterales de horario, jornada, funciones, salario, centro de trabajo o sistema de remuneración sin tu consentimiento o causa justificada.

  • Impugnación modificación en 20 días
  • Extinción indemnizada si perjudica
  • Reclamación diferencias salariales
  • Reversión condiciones anteriores

Extinción del contrato por impago

Si la empresa lleva dos meses sin pagarte el salario completo, puedes extinguir el contrato tú mismo con derecho a indemnización como si te hubieran despedido.

  • Extinción con indemnización 33 días/año
  • Derecho paro inmediato
  • Reclamación salarios adeudados
  • Alternativa a esperar despido

Problemas con bajas médicas

Defensa ante despidos durante baja, presiones para volver antes del alta, negativa a pagar complementos pactados o sanciones por ausencias médicas justificadas.

  • Despido durante baja: nulidad
  • Reclamación complementos impagados
  • Impugnación sanciones por bajas
  • Coordinación prestación INSS

Prestaciones Seguridad Social

Reclamación de prestaciones denegadas o mal calculadas: desempleo, incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación, maternidad/paternidad.

  • Impugnación denegación prestaciones
  • Revisión grado incapacidad
  • Reclamación desempleo denegado
  • Alta retroactiva autónomos

Impugnación de sanciones

Anulamos sanciones injustificadas, desproporcionadas o sin procedimiento correcto. Plazo: 20 días hábiles desde notificación escrita.

  • Impugnación sanciones leves, graves, muy graves
  • Anulación con devolución salario retenido
  • Eliminación expediente disciplinario
  • Defectos formales procedimiento sancionador

Acto de conciliación (SMAC)

Representación en el acto previo obligatorio ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Intentamos acuerdo ventajoso antes de llegar a juicio.

  • Asistencia acto conciliación obligatorio
  • Negociación acuerdo favorable
  • Evitar juicio si acuerdo satisfactorio
  • Preparación posterior demanda si no hay acuerdo

Todos los servicios operan con modelo sin adelantar dinero: presentamos tu demanda sin que pagues nada por adelantado. Solo cobras si ganamos el juicio o logramos un acuerdo favorable. Si perdemos, no pagas honorarios.

Sin adelantar dinero: solo cobras si ganamos tu caso laboral

No pagas nada por adelantado. Presentamos tu demanda, asistimos al juicio y defendemos tus derechos sin que tengas que sacar un euro de tu bolsillo. Solo cuando ganamos el caso y cobras tu indemnización o salarios adeudados, entonces cobras tú y cobramos nosotros. Si perdemos, no pagas honorarios.

1️⃣

Contactas sin compromiso

Nos cuentas tu caso por teléfono o WhatsApp. Valoramos si tienes opciones reales de ganar. Si es viable, aceptamos el caso y empezamos a trabajar de inmediato.

2️⃣

Presentamos demanda sin coste

Redactamos y presentamos tu demanda ante el Juzgado de lo Social. Asumimos todos los trámites, gestiones y desplazamientos. Tú no adelantas ni un euro.

3️⃣

Te defendemos en el juicio

Asistimos contigo al acto de conciliación y al juicio oral. Presentamos pruebas, interrogamos testigos y defendemos tu caso ante el juez. Todo incluido sin costes previos.

Solo cobras si ganamos

Cuando ganamos el juicio o logramos acuerdo favorable, cobras tu indemnización, salarios adeudados o cantidad reconocida. Entonces cobras tú, y cobramos nosotros un porcentaje acordado.

💡 ¿Qué pasa si perdemos el juicio?

Si el juez da la razón a la empresa y perdemos el caso, no pagas nuestros honorarios. Asumimos el riesgo nosotros. Este modelo solo funciona si aceptamos casos con viabilidad real: no nos interesa perder tiempo en casos perdidos de antemano, porque entonces no cobramos. Por eso analizamos bien cada situación antes de aceptarla. Si aceptamos tu caso, es porque creemos que puedes ganar.

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Proceso completo: de la primera llamada al cobro de tu indemnización

El procedimiento laboral está diseñado para ser rápido. Entre el despido y la sentencia suelen pasar entre 3 y 6 meses. Aquí te explicamos cada paso del proceso para que sepas exactamente qué va a ocurrir.

📞 Contacto inicial

Nos llamas por teléfono o WhatsApp y nos cuentas tu situación. Analizamos si tienes un caso viable: si hay causa para reclamar, si estás en plazo (crítico: 20 días hábiles para despidos) y qué opciones reales tienes de ganar. Si aceptamos el caso, firmamos acuerdo de honorarios con modelo sin adelantar dinero.

Día 0 · Valoración gratuita
1

🤝 Acto de conciliación (SMAC)

Antes de llegar a juicio, existe un trámite obligatorio ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Es un intento de acuerdo extrajudicial. Asistimos contigo, exponemos tus pretensiones y negociamos. Si la empresa acepta un acuerdo satisfactorio, evitamos el juicio. Si no hay acuerdo o la oferta es insuficiente, seguimos adelante con la demanda.

15-30 días desde contacto · Obligatorio
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📄 Presentación de la demanda

Si no hay acuerdo en conciliación, redactamos y presentamos demanda ante el Juzgado de lo Social competente. Incluimos todos los hechos, fundamentos jurídicos, pruebas documentales y peticiones concretas (indemnización, salarios adeudados, readmisión si procede). El juzgado la admite a trámite y cita a ambas partes para el acto de juicio.

Inmediato tras conciliación sin acuerdo
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📋 Preparación del juicio

Entre la presentación de la demanda y el juicio suelen pasar 2-4 meses. Durante ese tiempo preparamos pruebas (documentos, testigos, informes periciales si proceden), estudiamos la contestación de la empresa, planificamos la estrategia de defensa y te preparamos para el interrogatorio. Te explicamos exactamente qué va a pasar en la sala y qué preguntas te harán.

2-4 meses preparación
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⚖️ Acto de juicio oral

El juicio laboral es un acto único y concentrado que dura entre 30 minutos y 2 horas. Se celebra ante el juez de lo social. Primero intentamos conciliación judicial (última oportunidad de acuerdo). Si no hay acuerdo, el juez escucha a ambas partes, admite pruebas, interroga testigos y permite alegaciones finales. Asistimos contigo, te defendemos y exponemos tus argumentos.

Acto concentrado · 30 min - 2h
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📜 Sentencia

El juez dicta sentencia en un plazo de 5 días desde el juicio (aunque en la práctica pueden ser 2-3 semanas). La sentencia declara el despido procedente, improcedente o nulo; reconoce o deniega las cantidades reclamadas; y establece las consecuencias (indemnización, readmisión, salarios de tramitación). Si ganamos, la empresa tiene 5 días para pagar o recurrir.

5 días legales (2-3 semanas real)
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💰 Cobro de la indemnización

Si ganamos y la sentencia es firme, la empresa debe pagar la cantidad reconocida en 5 días. Si no paga voluntariamente, iniciamos ejecución forzosa: embargo de cuentas bancarias, nóminas de otros trabajadores o bienes de la empresa. Una vez cobrada la cantidad, te transferimos tu parte y cobramos nuestros honorarios según lo pactado. Si perdemos el juicio, no pagas honorarios.

5 días pago voluntario o ejecución
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Plazos orientativos: Desde el despido hasta el cobro de la indemnización suelen pasar entre 4 y 8 meses en primera instancia. Si hay recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, se añaden 6-12 meses adicionales. El proceso es más rápido que cualquier procedimiento civil.

Calculadora de indemnización por despido: cuánto te corresponde cobrar

Calcula de forma orientativa la indemnización que te correspondería según el tipo de despido, años trabajados y salario bruto mensual. Esta es una estimación aproximada; el cálculo exacto requiere analizar tu caso concreto.

💰 Indemnización estimada

Esta calculadora ofrece una estimación orientativa. El cálculo exacto de tu indemnización depende de múltiples factores: antigüedad precisa (días exactos), salario regulador (incluye pagas extras prorrateadas, pluses consolidados, horas extras habituales), topes legales aplicables (24 mensualidades para improcedente, 42 para nulo, 12 para objetivo), y circunstancias específicas del despido. Para un cálculo preciso y defensa de tu caso, contacta con nosotros.

Casos prácticos: qué hacer en situaciones laborales frecuentes

Estas son las consultas más habituales que recibimos de trabajadores. Si te identificas con alguna de estas situaciones, actúa rápido: los plazos en derecho laboral son muy cortos.

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Me despiden estando de baja médica

"Llevo dos meses de baja por ansiedad. Hoy he recibido carta de despido disciplinario alegando bajo rendimiento. ¿Pueden despedirme estando de baja?"

El despido durante situación de incapacidad temporal (baja médica) es nulo salvo que se demuestre causa real ajena a la baja. Si la empresa no acredita que el despido es totalmente independiente de tu estado de salud, el juez lo declarará nulo. Consecuencia: readmisión obligatoria inmediata + salarios de tramitación completos desde el despido hasta la readmisión efectiva. Plazo para impugnar: 20 días hábiles desde recepción de la carta.

✓ Nulidad · Readmisión obligatoria

Trabajo más horas y no me las pagan

"Mi jornada es de 8h diarias pero todos los días me quedo 2-3 horas más. La empresa dice que 'así es el sector' pero no me paga horas extras. Llevo así 3 años."

Las horas trabajadas por encima de tu jornada pactada son horas extraordinarias que deben pagarse o compensarse con descanso. Puedes reclamar las horas extras no abonadas de los últimos 5 años (prescripción). Necesitas acreditar las horas trabajadas: emails con hora de envío, registros de entrada/salida si existen, testigos compañeros, cualquier comunicación interna. Si la empresa carece de sistema de registro horario obligatorio (RD-ley 8/2019), la carga de la prueba se invierte: es la empresa quien debe demostrar que NO trabajaste esas horas.

✓ Reclamación hasta 5 años atrás
😰

Sufro acoso de mi jefe desde hace meses

"Mi jefe me grita delante de compañeros, me cambia las funciones constantemente para humillarme, me excluye de reuniones importantes y me ha quitado responsabilidades sin motivo. Estoy con ansiedad y no puedo más."

El acoso laboral (mobbing) permite extinguir el contrato con indemnización como si fuera despido improcedente (33 días/año) más reclamación de daños y perjuicios. Es fundamental recopilar pruebas: emails, mensajes, testigos, informes médicos que relacionen la ansiedad con el trabajo, bajas médicas. Puedes solicitar la extinción del contrato por incumplimiento grave de la empresa (art. 50 ET) o esperar a que te despidan y alegar nulidad si el despido es consecuencia del acoso. También puedes denunciar ante Inspección de Trabajo.

✓ Extinción indemnizada + daños
🔄

Me cambian el horario sin mi consentimiento

"Trabajo de 9h a 17h desde hace 8 años. La empresa me ha comunicado que a partir del mes que viene mi horario será de 14h a 22h. Tengo hijos pequeños y no puedo. ¿Pueden obligarme?"

Una modificación sustancial de condiciones de trabajo (horario, jornada, funciones, salario, centro) requiere procedimiento específico y causa justificada. Si la modificación te perjudica gravemente, puedes: (1) impugnar la modificación en 20 días hábiles solicitando que se anule, o (2) extinguir el contrato con indemnización de 20 días por año (tope 9 mensualidades). La empresa debe notificar con 15 días de antelación y justificar la medida en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas probadas. Si no lo hace o la causa no existe, puedes anular la modificación.

✓ Impugnación o extinción indemnizada
📋

Me han despedido verbalmente sin carta escrita

"Ayer mi jefe me dijo 'no vuelvas mañana, estás despedido'. No me ha dado ningún papel. Hoy he ido a trabajar y no me dejan entrar. ¿Qué hago?"

El despido sin carta escrita o con carta que no indica causa concreta es despido improcedente por defecto de forma. Actúa inmediato: (1) envía burofax a la empresa solicitando carta de despido escrita con causa, fecha de efectos y cálculo de indemnización si procede; (2) si no responden en 48-72h, presenta papeleta de conciliación ante SMAC; (3) impugna el despido en 20 días hábiles. El despido verbal o sin forma adecuada es improcedente: indemnización 33 días/año + salarios de tramitación si eliges readmisión. No dejes pasar el plazo de 20 días.

✓ Improcedente por defecto forma
💰

Cobro menos del salario mínimo trabajando a jornada completa

"Trabajo 40 horas semanales pero mi nómina dice 950€ brutos al mes. El salario mínimo son 1.134€. La empresa dice que 'es lo que hay'. ¿Pueden pagarme menos del SMI?"

Ningún trabajador a jornada completa puede cobrar menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI 2025: 1.184€ brutos/mes en 14 pagas). Si cobras menos, puedes reclamar las diferencias salariales de los últimos 5 años. Además, cobrar sistemáticamente por debajo del SMI sin causa justificada puede constituir incumplimiento grave que permite extinguir el contrato con indemnización (33 días/año) si llevas dos meses sin cobrar el salario completo debido. Reclama las diferencias + posible extinción indemnizada si el impago persiste.

✓ Reclamación diferencias + extinción

¿Te identificas con alguna de estas situaciones? No esperes a que el problema se enquiste. Los plazos en derecho laboral son muy cortos: 20 días hábiles para impugnar despidos y sanciones. Llámanos hoy mismo para valorar tu caso sin compromiso.

Dudas habituales sobre abogado laboralista y despidos

Las preguntas más frecuentes que nos hacen trabajadores sobre despidos, reclamaciones laborales y procedimientos ante el Juzgado de lo Social. Si tu duda no está aquí, llámanos.

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha en que recibes la carta de despido o desde que te comunican verbalmente el cese. Los días hábiles son los laborables de lunes a viernes, excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales o locales. Este plazo es improrrogable: si lo dejas pasar, pierdes el derecho a reclamar. El procedimiento empieza presentando papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación), que es obligatorio antes de la demanda judicial. Por eso es crítico actuar rápido: desde que te despiden hasta que presentas la papeleta no pueden pasar más de 20 días hábiles. Si el día 20 cae en festivo, se prorroga al siguiente hábil. No cuentes los días naturales, cuenta solo hábiles. Contacta con un abogado laboralista el mismo día del despido para no perder tiempo.
La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 24 mensualidades. El salario que se toma como referencia es el salario bruto mensual, incluyendo pagas extras prorrateadas, pluses consolidados y complementos fijos. Por ejemplo: si has trabajado 5 años y cobras 1.800€ brutos al mes, la indemnización sería (1.800 / 30) × 33 × 5 = 9.900€. Si has trabajado 15 años con salario de 2.000€, sin aplicar tope serían 33.000€, pero el tope de 24 mensualidades lo limita a 48.000€ (2.000 × 24). Además de la indemnización, si eliges readmisión en lugar de indemnización, tienes derecho a cobrar los salarios de tramitación: los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia firme o hasta que la empresa te readmita efectivamente.
Sí. Cualquier tipo de despido da derecho a prestación por desempleo (paro), tanto si el despido es procedente, improcedente, objetivo, disciplinario o nulo. Lo que importa es que la extinción del contrato no sea voluntaria por tu parte (si dimites no hay paro, salvo en casos excepcionales como modificación sustancial de condiciones). La duración de la prestación depende del tiempo que hayas cotizado: desde 4 meses (si has cotizado entre 360 y 539 días) hasta 24 meses (si has cotizado más de 2.160 días). La cuantía es el 70% de la base reguladora los primeros 180 días y el 50% a partir de entonces, con topes máximos y mínimos que se actualizan anualmente. Solicita el paro en el SEPE inmediatamente tras el despido, aunque estés impugnándolo judicialmente: no son incompatibles. Si después ganas el juicio y te readmiten, devuelves lo cobrado; si ganas indemnización, la conservas.
La conciliación previa ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) es un trámite obligatorio previo a la demanda judicial laboral. Su objetivo es intentar un acuerdo entre trabajador y empresa antes de llegar al juicio. El procedimiento es rápido: presentas la papeleta, te citan en 15-20 días, acudes con tu abogado, exponéis vuestras pretensiones y la empresa puede aceptar un acuerdo, hacer una contraoferta o rechazar todo. Si hay acuerdo satisfactorio, evitas el juicio y cobras rápido (lo pactado tiene fuerza ejecutiva). Si no hay acuerdo o la oferta es insuficiente, el acta de conciliación sin avenencia te permite presentar demanda judicial. La asistencia es obligatoria: si no acudes injustificadamente, pierdes el derecho a reclamar. La empresa también debe acudir; si no lo hace, se presume su oposición y sigues adelante con la demanda. Es un filtro previo obligatorio que en algunos casos resuelve el conflicto sin juicio.
Desde que presentas la demanda hasta la sentencia de primera instancia suelen pasar entre 3 y 6 meses, dependiendo de la carga de trabajo del Juzgado de lo Social de tu provincia. El procedimiento tiene fases: (1) presentas demanda tras conciliación sin acuerdo, (2) el juzgado la admite a trámite y señala fecha de juicio en 2-4 meses, (3) se celebra el juicio oral (acto único de 30 minutos a 2 horas), (4) el juez dicta sentencia en 5 días legales (en la práctica 2-3 semanas). Si ganas, la empresa tiene 5 días para pagar o recurrir. Si recurre en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, se añaden 6-12 meses más. En total, desde el despido hasta cobrar la indemnización en primera instancia: 4-8 meses. Es mucho más rápido que un procedimiento civil ordinario, que puede tardar años. La jurisdicción social está diseñada para ser ágil y proteger al trabajador.
Técnicamente, en primera instancia el abogado no es obligatorio si la cuantía reclamada es inferior a 2.000€, pero en la práctica es imprescindible. Un juicio laboral exige conocer la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, jurisprudencia del Tribunal Supremo, saber redactar una demanda técnicamente sólida, presentar prueba adecuada, interrogar testigos, replicar los argumentos de la empresa y defender con solvencia ante el juez en un acto oral concentrado. Si acudes solo, la empresa irá con abogado experimentado que conoce todos los recursos para minimizar la indemnización o conseguir que el despido sea declarado procedente. Las estadísticas judiciales muestran que los trabajadores sin abogado pierden o cobran cantidades muy inferiores a las que les corresponden. Además, nuestro modelo sin adelantar dinero elimina el riesgo económico: solo cobras si ganamos. No tiene sentido arriesgarte a perder tu indemnización por no contratar un abogado laboralista.
Si ganas el juicio y la sentencia es firme (no cabe recurso o se ha desestimado), la empresa tiene 5 días hábiles para pagar voluntariamente la cantidad reconocida. Si no paga, inicias ejecución forzosa ante el mismo Juzgado de lo Social que dictó sentencia. El procedimiento de ejecución permite: (1) embargo de cuentas bancarias de la empresa, (2) embargo de créditos que tenga la empresa frente a terceros, (3) embargo de nóminas de otros trabajadores (el FOGASA puede adelantar el pago), (4) embargo de bienes muebles o inmuebles de la empresa. El juez dicta auto de embargo y requiere a bancos, deudores de la empresa o registros para localizar bienes. Si la empresa está en concurso de acreedores, el crédito laboral es privilegiado y cobra antes que otros acreedores. Si la empresa no tiene bienes embargables, el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) abona la indemnización con ciertos límites y después reclama a la empresa.
Depende de las circuncias. Si firmaste bajo presión, engaño, coacción o sin ser consciente de lo que firmabas, puedes impugnar esa baja voluntaria y reclamar que se declare despido. Muchas empresas presionan a trabajadores para firmar bajas voluntarias o "acuerdos amistosos" con indemnizaciones muy inferiores a las legales, amenazando con despido disciplinario (que no daría indemnización si fuera procedente) o prometiendo referencias laborales positivas. Si firmaste en esas circunstancias, la baja puede ser considerada viciada. Tienes que acreditar: (1) que hubo presión, amenaza o engaño (emails, mensajes, testigos), (2) que la cantidad pactada es muy inferior a la legal, (3) que no tuviste asesoramiento jurídico. El plazo para impugnar sigue siendo 20 días hábiles desde la firma. Si han pasado más de 20 días, es muy difícil reclamar. Por eso: nunca firmes nada sin consultar antes con un abogado laboralista, aunque la empresa te presione diciendo "es esto o nada".
El despido de una trabajadora embarazada, durante el permiso de maternidad o en las semanas posteriores se presume nulo salvo que la empresa acredite causa totalmente ajena al embarazo o maternidad. La carga de la prueba se invierte: no eres tú quien debe demostrar que te despiden por estar embarazada, sino que es la empresa quien debe demostrar que el despido obedece a causas reales completamente independientes de tu estado. Si no lo acredita, el despido es nulo. Consecuencia: readmisión obligatoria inmediata + salarios de tramitación completos desde el despido hasta la readmisión efectiva + indemnización de daños y perjuicios si procede. Esta protección especial se extiende también a los permisos de paternidad y a situaciones de riesgo durante el embarazo. Incluso si la empresa no conocía tu embarazo en el momento del despido, si estabas embarazada en esa fecha el despido puede ser declarado nulo. Acude a un abogado laboralista inmediatamente: 20 días hábiles para impugnar.
Los honorarios de un abogado laboralista varían según el tipo de procedimiento, la complejidad del caso y el modelo de contratación. Nosotros trabajamos con modelo sin adelantar dinero: solo cobras si ganamos. Presentamos tu demanda, asistimos al juicio y defendemos tus derechos sin que tengas que pagar nada por adelantado. Cuando ganamos el caso y cobras tu indemnización o salarios adeudados, entonces cobramos un porcentaje pactado de lo recuperado. Si perdemos el juicio, no pagas nuestros honorarios. Este modelo solo funciona si aceptamos casos con viabilidad real: no nos interesa perder tiempo en casos perdidos de antemano porque entonces no cobramos. Por eso analizamos bien cada situación antes de aceptarla. Si aceptamos tu caso, es porque creemos que puedes ganar. Otros despachos cobran por horas, por fases del procedimiento o con cuota fija inicial más éxito. Nuestro modelo elimina el riesgo económico para ti: solo pagas si recuperas dinero.
Sí. Cualquier trabajador puede denunciar ante la Inspección de Trabajo incumplimientos laborales, de Seguridad Social o de prevención de riesgos. Motivos habituales: falta de contrato escrito, salarios por debajo del convenio o SMI, ausencia de registro horario obligatorio, no pago de horas extras, trabajadores sin alta en Seguridad Social, incumplimientos en prevención de riesgos, acoso laboral, discriminación. La denuncia puede ser anónima pero es más efectiva si te identificas (la Inspección tiene deber de confidencialidad). El procedimiento: presentas denuncia en la web de la Inspección o presencialmente, la Inspección investiga (requiere documentación, visita la empresa, interroga trabajadores), si detecta infracciones levanta acta y propone sanciones. Las sanciones pueden ser muy elevadas (hasta 225.018€ en infracciones muy graves). Importante: denunciar en Inspección no sustituye reclamar judicialmente si quieres cobrar cantidades adeudadas, pero puede presionar a la empresa y generar pruebas útiles para tu juicio laboral posterior.
El finiquito es la liquidación de las cantidades pendientes de pago al finalizar la relación laboral: días trabajados del mes en curso no cobrados, vacaciones no disfrutadas, pagas extras pendientes. No incluye la indemnización por despido, que es un concepto aparte. Puedes firmar el finiquito indicando "no conforme con el despido" o "me reservo el derecho a reclamar": así cobras las cantidades del finiquito sin perjudicar tu derecho a impugnar el despido. Si el finiquito incluye una cláusula de "saldo y finiquito total" o "nada más tengo que reclamar", firmar sin salvedades puede perjudicarte. Lo ideal: no firmes nada sin que un abogado laboralista revise antes el documento. Si la empresa te presiona para firmar en el acto, añade de tu puño y letra "firmo disconforme, me reservo acciones legales". El finiquito correcto puede reclamarse hasta 1 año después de la extinción del contrato, pero el despido solo en 20 días hábiles.
Solo si existe causa justificada (económica, técnica, organizativa o de producción) y siguiendo el procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo. La empresa puede modificar unilateralmente jornada, horario, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, funciones o lugar de trabajo si acredita razones probadas. Debe notificarte con 15 días de antelación. Si la modificación te perjudica, tienes dos opciones: (1) impugnar la modificación en 20 días hábiles solicitando que se anule por falta de causa justificada, o (2) extinguir el contrato con indemnización de 20 días/año (tope 9 mensualidades). Si eliges extinción, tienes 1 año para solicitarla. Modificaciones de otros aspectos (vacaciones, permisos, pequeños cambios organizativos) pueden hacerse por ius variandi sin procedimiento formal si no alteran sustancialmente tus condiciones. Si te modifican condiciones sin procedimiento o sin causa real, puedes impugnar. No aceptes modificaciones abusivas sin consultar un abogado.
Tienes varias opciones. Primera: contratar un abogado laboralista con modelo sin adelantar dinero (como nosotros), donde solo pagas si ganas el juicio y cobras la indemnización. No adelantas nada, no asumes riesgo económico. Segunda: solicitar justicia gratuita si tus ingresos no superan el doble del IPREM (en 2025: unos 1.600€/mes para una persona sola, más si tienes cargas familiares). Con justicia gratuita el Estado te asigna abogado y procurador sin coste. El trámite tarda 15-30 días, durante los cuales se suspende el plazo de 20 días para impugnar el despido. Tercera: acudir al turno de oficio del Colegio de Abogados, que también es gratuito si cumples requisitos económicos. Lo que NO debes hacer es no reclamar por falta de dinero: perderías tu indemnización. Contacta con nosotros hoy mismo: valoramos tu caso gratis y si es viable lo aceptamos sin que adelantes ni un euro.
Para impugnar el despido, solo tienes 20 días hábiles desde que te comunican el cese. Si han pasado más de 20 días, ya no puedes reclamar por despido improcedente o nulo. Sin embargo, hay excepciones: (1) si puedes acreditar que desconocías el despido (por ejemplo, estabas de viaje, en el hospital, la carta nunca te llegó), el plazo empieza cuando tuviste conocimiento real; (2) si firmaste una baja voluntaria viciada por coacción, tienes 20 días desde la firma para impugnarla; (3) para reclamar salarios adeudados, horas extras impagadas o diferencias salariales, el plazo de prescripción es de 1 año desde que finalizó la relación laboral o 5 años si la relación continúa. Para prestaciones de Seguridad Social denegadas, el plazo es de 30 días hábiles desde la notificación. En resumen: si han pasado más de 20 días desde el despido, probablemente ya no puedas reclamarlo. Por eso insistimos: contacta con un abogado laboralista el mismo día del despido.

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