⚖️ Perspectiva empresa · Desde el empleador
⚠️ Un despido mal gestionado puede costar miles de euros a la empresa

Cómo despedir a un empleado legalmente:
evita la improcedencia, la nulidad y las demandas laborales

Despedir a un trabajador es una de las decisiones legales más delicadas que puede tomar una empresa. Un error en la causa, en la carta de despido o en los plazos puede convertir un despido justificado en improcedente o incluso en nulo. Asesoramos a empresas y autónomos para gestionar despidos correctamente, reducir riesgos legales y minimizar el impacto económico y judicial.

Despedir a un empleado legalmente exige identificar correctamente la causa del despido, revisar si el trabajador tiene protección especial, redactar adecuadamente la carta, respetar los requisitos formales y calcular correctamente indemnización, finiquito y plazos legales para evitar reclamaciones futuras.
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Qué opciones tiene la empresa

Tipos de despido que puede utilizar una empresa:
causas, requisitos e indemnizaciones

No todos los despidos son iguales ni tienen las mismas consecuencias económicas. El tipo de despido determina los requisitos formales que debe cumplir la empresa, la indemnización que corresponde al trabajador y el riesgo de que el despido sea declarado improcedente o nulo. Elegir la vía correcta y ejecutarla bien es lo que diferencia un despido limpio de una demanda laboral.

Despido disciplinario

Por incumplimiento grave y culpable del trabajador: faltas de asistencia, indisciplina, transgresión de la buena fe contractual, disminución continuada del rendimiento, acoso o embriaguez habitual. Requiere carta detallada con los hechos concretos. No genera indemnización si es declarado procedente.

0 días de indemnización si es procedente
📊
Despido objetivo

Por causas económicas (pérdidas o reducción de ingresos), técnicas, organizativas o de producción. También por ineptitud sobrevenida o falta de adaptación del trabajador. Requiere preaviso de 15 días y acreditación de la causa. Genera indemnización de 20 días por año trabajado.

20 días/año · Máx. 12 mensualidades
👥
Despido colectivo (ERE)

Cuando el número de trabajadores afectados supera los umbrales legales según el tamaño de la empresa. Requiere periodo de consultas con los representantes de los trabajadores y comunicación a la autoridad laboral. Indemnización mínima de 20 días por año trabajado.

20 días/año mínimo · Con periodo de consultas

Cuadro comparativo de tipos de despido

Diferencias clave entre los principales tipos de despido desde la perspectiva de la empresa empleadora:

Tipo de despido Causa necesaria Preaviso Indemnización Riesgo empresa
Disciplinario procedente Incumplimiento grave documentado No 0 días Bajo si está bien documentado
Disciplinario improcedente Causa insuficiente o defecto formal 33 días/año (máx. 24 meses) Alto · Demanda laboral frecuente
Objetivo individual Causas económicas/organizativas 15 días 20 días/año (máx. 12 meses) Medio · Causa acreditable
Despido nulo Vulnera derechos fundamentales Readmisión obligatoria + salarios Muy alto · Situación más grave
Despido colectivo (ERE) Causas económicas colectivas Periodo consultas 20 días/año mínimo Medio · Proceso regulado

Los tipos de despido y sus requisitos están regulados en los artículos 49 a 57 del Estatuto de los Trabajadores (BOE) . Las indemnizaciones indicadas son las mínimas legales; el convenio colectivo aplicable a cada sector puede establecer condiciones más favorables para el trabajador que la empresa debe respetar. Consultar siempre el convenio antes de actuar.

Los errores que salen caros

Errores frecuentes que convierten un despido justificado
en improcedente o nulo

Un despido puede estar perfectamente motivado en la realidad —el trabajador acumula faltas, el rendimiento es deficiente, la situación económica no da más— y aun así ser declarado improcedente o nulo por un defecto formal o procedimental. Los tribunales no valoran solo la causa: valoran también cómo se ejecutó el despido. Estos son los errores más frecuentes que cometen las empresas.

❌ Carta de despido genérica o vaga

Describir los hechos de forma genérica ("incumplimiento de obligaciones laborales") sin concretar fechas, conductas y circunstancias específicas convierte una causa real en un motivo insuficiente ante el juez.

❌ No documentar previamente las faltas

Las faltas de asistencia, los incumplimientos y la disminución del rendimiento deben estar documentados antes del despido: advertencias escritas, partes de incidencia, comunicaciones firmadas. Sin documentación previa, la causa se debilita gravemente en juicio.

❌ No respetar la caducidad de las faltas

Las faltas leves prescriben a los 10 días, las graves a los 20 días y las muy graves a los 60 días desde que la empresa tuvo conocimiento. Alegar faltas prescritas invalida el despido aunque los hechos sean reales.

❌ Omitir el expediente disciplinario si procede

Determinados convenios colectivos exigen la instrucción de un expediente disciplinario previo al despido, especialmente para cargos de confianza o representantes de los trabajadores. Saltarse este trámite anula el despido.

❌ Calcular mal la indemnización o el finiquito

Un finiquito mal calculado, que no incluya vacaciones no disfrutadas o partes proporcionales de pagas extraordinarias, puede derivar en una reclamación adicional del trabajador ante el juzgado de lo social.

❌ Despedir sin comprobar la situación del trabajador

Despedir a una trabajadora embarazada, a un empleado en reducción de jornada por cuidado de hijos o a un representante sindical sin seguir el procedimiento específico puede declararse nulo, con obligación de readmisión inmediata.

⚠️ Trabajadores con protección especial — verificar siempre antes de despedir

Despedir a un trabajador protegido sin seguir el procedimiento específico puede resultar en despido nulo, que obliga a la readmisión inmediata y al pago de todos los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido. Es la consecuencia más costosa para la empresa.

Trabajadoras embarazadas
Permiso de maternidad o paternidad
Reducción jornada por cuidado de hijos
Representantes sindicales o delegados
Trabajadores en excedencia por cuidado familiar
Víctimas de violencia de género
Por qué asesorarte antes de actuar

Asesoramos a la empresa,
no al trabajador

Esta página está orientada exclusivamente a empresas, autónomos con trabajadores a cargo y pymes que necesitan gestionar el despido de un empleado correctamente. El objetivo es proteger los intereses del empleador: elegir la vía adecuada, redactar correctamente la carta, documentar la causa y minimizar el riesgo de demanda y condena judicial.

¿Eres el trabajador al que han despedido? Esta página no es para ti. Si lo que necesitas es saber si tu despido fue improcedente y qué puedes reclamar, visita nuestra sección de abogado laboral para trabajadores donde asesoramos desde la perspectiva del empleado.
Analizamos la causa antes de actuar

Evaluamos si la causa es suficiente, si está documentada y si resiste un juicio. Un despido que no puede sostenerse en un juzgado es más caro que esperar a tener la causa bien construida.

Redactamos la carta sin defectos formales

La carta de despido es el documento que defenderás en juicio. Debe contener los hechos concretos, fechas, calificación jurídica y efectos. Un defecto formal convierte lo procedente en improcedente.

Calculamos finiquito e indemnización

Calculamos todos los conceptos: días trabajados, vacaciones no disfrutadas, partes proporcionales de pagas y la indemnización según tipo de despido y convenio aplicable. Sin errores que generen reclamaciones adicionales.

"La amplia experiencia empresarial acumulada durante más de 25 años nos permite entender que un despido mal gestionado no solo cuesta dinero: genera tensión en el equipo, daña el clima laboral y distrae a la dirección. El objetivo es resolver la situación de la forma más limpia, rápida y económica posible para la empresa."

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Proceso paso a paso

Cómo gestionamos el despido de un empleado
para que la empresa quede protegida

Cuatro pasos desde que nos contactas hasta que el despido está ejecutado correctamente, con toda la documentación en regla y el riesgo legal minimizado.

  1. Analizamos la causa y la situación del trabajador

    Revisamos los hechos, la documentación disponible y la situación personal del trabajador (posible protección especial, antigüedad, convenio aplicable). Determinamos qué tipo de despido corresponde y evaluamos el riesgo de improcedencia o nulidad antes de actuar.

    🔍 Antes de redactar nada
  2. Comprobamos la documentación previa necesaria

    Verificamos que las faltas o causas estén documentadas correctamente, que no hayan prescrito y que se han seguido los procedimientos previos necesarios (advertencias, expediente disciplinario si exige el convenio, comunicación a representantes sindicales si aplica).

    📁 Documentación que protege a la empresa
  3. Redactamos la carta de despido sin defectos

    Redactamos la carta incluyendo los hechos concretos, las fechas, la calificación jurídica y la fecha de efectos. La carta es el documento que deberás defender si el trabajador demanda. Un defecto formal puede convertir el despido en improcedente aunque la causa sea real.

    📋 Carta que resiste el juicio
  4. Calculamos finiquito, indemnización y te acompañamos

    Calculamos todos los conceptos del finiquito (días trabajados, vacaciones, partes proporcionales) y la indemnización según tipo de despido y convenio. Si el trabajador interpone demanda, te representamos en el acto de conciliación y en el juicio si es necesario.

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⚖️ Abogado colegiado. Torres Legal Consulting 360.
Finiquito e indemnización

Qué debe incluir el finiquito y cómo calcular
la indemnización correctamente

El finiquito es el documento que acredita la extinción de la relación laboral y la liquidación de todos los conceptos pendientes. Un finiquito mal calculado que no incluya todos los conceptos puede dar lugar a una reclamación adicional del trabajador ante el juzgado de lo social, incluso cuando el despido en sí era correcto.

📅
Días trabajados del mes en curso

La parte proporcional del salario correspondiente a los días trabajados desde el inicio del período de pago hasta la fecha del despido.

🏖️
Vacaciones no disfrutadas

Los días de vacaciones generados y no disfrutados hasta la fecha del despido, calculados en proporción al tiempo trabajado en el año natural.

💰
Pagas extraordinarias proporcionales

La parte proporcional de las pagas extraordinarias (junio y diciembre habitualmente) devengada desde la última paga hasta la fecha del despido.

⚖️
Indemnización por tipo de despido

El importe correspondiente según el tipo de despido: 0 días (disciplinario procedente), 20 días/año (objetivo), 33 días/año (improcedente), según la antigüedad y el salario regulador.

📋
Otros conceptos del convenio

El convenio colectivo puede establecer conceptos adicionales: plus de transporte, plus de antigüedad, dietas pendientes u otros complementos salariales que deben liquidarse en el finiquito.

🏛️
Retenciones de IRPF aplicables

Las indemnizaciones por despido improcedente que superen la cuantía legal exenta están sujetas a retención de IRPF. Las indemnizaciones por despido procedente (20 o 33 días) están generalmente exentas hasta el límite legal.

Tipo de despido Indemnización Tope máximo Exención IRPF
Disciplinario procedente 0 días N/A
Objetivo individual 20 días/año 12 mensualidades Sí (exenta)
Improcedente 33 días/año 24 mensualidades Sí (exenta)
Colectivo (ERE) 20 días/año mínimo 12 mensualidades mínimo Sí (exenta)
Nulo Readmisión + salarios Todos los salarios no percibidos Sujeto a IRPF
Error frecuente: firmar el finiquito con el texto "recibo y quedo conforme, nada más que reclamar" no impide al trabajador reclamar posteriormente si el importe es incorrecto o si el despido es impugnado como improcedente o nulo. La firma del finiquito no cierra la posibilidad de una demanda laboral.

Una vez extinguida la relación laboral, el trabajador puede solicitar la prestación por desempleo ante el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) . La empresa debe entregar al trabajador el certificado de empresa en el plazo legal para que pueda tramitar dicha prestación. El incumplimiento de esta obligación puede generar responsabilidad para la empresa frente al trabajador y ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social .

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Otros servicios legales para proteger tu empresa

Gestionar un despido es una situación puntual. Estos servicios complementan la gestión laboral y cubren la protección jurídica continua de tu negocio.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre el despido de empleados desde la empresa

Respuestas directas a las preguntas más frecuentes de empresas y autónomos antes de gestionar el despido de un trabajador.

El coste depende del tipo de despido y la antigüedad del trabajador. El despido disciplinario procedente no genera indemnización. El despido objetivo genera 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. El despido improcedente genera 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades. A estos importes se suma el finiquito (días trabajados, vacaciones y pagas proporcionales).

El coste del asesoramiento jurídico para gestionar el despido correctamente es siempre inferior al coste de una demanda por despido improcedente. Solicita orientación gratuita para valorar tu caso concreto.
Los principales tipos regulados en el Estatuto de los Trabajadores (BOE) son: disciplinario (incumplimiento grave del trabajador), objetivo individual (causas económicas, técnicas u organizativas), colectivo o ERE (afecta a un umbral mínimo de trabajadores), y la extinción por ineptitud sobrevenida o falta de adaptación. Cada tipo tiene causas, procedimientos e indemnizaciones distintos.
La carta de despido disciplinario debe incluir: los hechos concretos que motivan el despido (con fechas y circunstancias específicas), la calificación jurídica de dichos hechos como incumplimiento grave y culpable, y la fecha de efectos del despido.

Una carta genérica o que no describe los hechos con suficiente detalle puede ser declarada improcedente por defecto formal, aunque la causa sea real y el trabajador sea realmente culpable.
Un despido es nulo cuando vulnera derechos fundamentales o afecta a trabajadores especialmente protegidos: durante el embarazo, permiso de maternidad o paternidad, reducción de jornada por cuidado de hijos, representantes sindicales, o cuando el móvil del despido es discriminatorio.

Las consecuencias del despido nulo son las más graves para la empresa: readmisión inmediata obligatoria del trabajador y abono de todos los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la readmisión.
Sí, pero con especial cuidado. Un trabajador en baja médica puede ser despedido por causas objetivas o disciplinarias si existe causa suficiente e independiente de la baja. Sin embargo, si el despido se produce coincidiendo con la baja por determinadas causas (como enfermedades crónicas o discapacidad reconocida), puede ser declarado nulo por discriminación.

Este es uno de los supuestos que requiere mayor análisis previo y documentación cuidadosa antes de actuar.
En el despido disciplinario no existe preaviso obligatorio: el despido es efectivo desde la entrega de la carta. En el despido objetivo individual el preaviso mínimo es de 15 días desde la comunicación hasta la efectividad del despido.

El convenio colectivo aplicable puede establecer plazos distintos. El incumplimiento del preaviso no invalida el despido pero genera la obligación de abonar los salarios correspondientes al período no preavisado.
El despido improcedente es el que no está suficientemente justificado o tiene defectos formales. La empresa puede elegir entre readmitir al trabajador o abonar una indemnización de 33 días por año trabajado.

El despido nulo es más grave: vulnera derechos fundamentales y obliga siempre a la readmisión inmediata del trabajador con abono de todos los salarios dejados de percibir. No hay opción de indemnizar en lugar de readmitir.
Sí. El servicio es 100% online y cubre el asesoramiento en gestión de despidos para empresas de toda España. Está especialmente orientado a pymes, comercios y autónomos con trabajadores de Gran Canaria, Fuerteventura y del resto de Canarias y España.
Consulta sin compromiso

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Cuéntanos la situación del trabajador y la causa que motiva el despido. Analizamos el caso, te indicamos la vía correcta y redactamos la documentación para que la empresa quede protegida.

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