Te han despedido, no te pagan lo que te deben o sufres acoso en el trabajo. Presentamos tu demanda sin que adelantes dinero. Solo cobras si ganamos. Modelo online, respuesta en 24 horas, juicio en tu ciudad. Recupera lo que es tuyo.
El derecho laboral es la rama del derecho que regula las relaciones entre trabajadores y empresas, protegiendo los derechos fundamentales de quien presta sus servicios por cuenta ajena. Incluye la defensa ante despidos improcedentes o nulos, reclamación de salarios impagados, indemnizaciones, horas extras, acoso laboral, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, bajas médicas, sanciones injustificadas y cualquier vulneración de derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores, convenios colectivos o contratos de trabajo.
Cada año, miles de trabajadores en España sufren despidos injustificados, impagos de salarios, acoso laboral o modificaciones abusivas de sus condiciones de trabajo. Muchos no reclaman sus derechos porque piensan que es caro, lento o complicado. Otros intentan reclamar solos y pierden el plazo legal (20 días hábiles para impugnar un despido). Otros aceptan acuerdos claramente perjudiciales porque la empresa les presiona.
Un abogado laboralista especializado marca la diferencia entre perder tus derechos y recuperar lo que te corresponde. El procedimiento judicial laboral está diseñado para ser rápido (entre 3 y 6 meses desde la demanda hasta sentencia en primera instancia), pero exige conocer plazos estrictos, saber redactar demandas técnicamente sólidas, presentar prueba adecuada y defender con solvencia en el acto de juicio oral.
El impago de salarios —total o parcial— es una de las vulneraciones laborales más habituales. Si llevas más de dos meses sin cobrar tu nómina completa, puedes solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización como si fuera un despido improcedente (33 días por año) más el cobro de los salarios adeudados. Muchos trabajadores desconocen este derecho y siguen trabajando sin cobrar durante meses, perdiendo tiempo y dinero.
Estas son las situaciones más frecuentes en las que un trabajador necesita asesoramiento legal especializado. Si te identificas con alguna, actúa rápido: en derecho laboral los plazos son muy cortos y perderlos significa perder tus derechos.
Importante: En derecho laboral, actuar rápido es crítico. Un despido se impugna en 20 días hábiles, una sanción también. Una modificación sustancial tiene plazos específicos. Un salario impagado se reclama mejor cuanto antes. No esperes a que el problema se enquiste. Cuanto antes consultes, más opciones tendrás.
No todos los despidos son iguales. La calificación jurídica del despido determina tus derechos: si tienes derecho a indemnización, cuánto cobras, si puedes reclamar readmisión y si tienes derecho a prestación por desempleo. Estos son los cinco tipos principales de despido en el ordenamiento laboral español:
Es el despido que no cumple los requisitos legales: causa inexistente, insuficiente o mal acreditada. También cuando hay defectos de forma graves (falta de carta escrita, ausencia de preaviso donde procede). El trabajador tiene derecho a elegir entre readmisión o indemnización.
Despido ajustado a derecho: existe causa real, está probada y se ha seguido el procedimiento correcto. La empresa acredita incumplimientos graves del trabajador (faltas repetidas, indisciplina, bajo rendimiento probado). No genera derecho a indemnización.
Despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), ineptitud sobrevenida o falta de adaptación. Requiere comunicación escrita con 15 días de preaviso y pago simultáneo de indemnización. Si no se cumple forma, es improcedente.
Extinción del contrato por incumplimiento grave y culpable del trabajador. Causas: faltas repetidas de asistencia o puntualidad, indisciplina, ofensas, transgresión de la buena fe, disminución voluntaria del rendimiento. Debe probarse en juicio. Si no se prueba, es improcedente.
Extinción de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas que afecta a un número significativo de trabajadores en un periodo de 90 días. Requiere periodo de consultas con representantes legales y autorización administrativa en algunos casos.
Despido que vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones de protección especial: discriminación (género, raza, religión, orientación sexual), embarazo o maternidad/paternidad, víctimas de violencia de género, representantes legales de trabajadores, durante el ejercicio de huelga. Consecuencia: readmisión inmediata obligatoria + salarios de tramitación completos.
| Tipo de despido | Indemnización | Tope | Paro | Readmisión |
|---|---|---|---|---|
| Improcedente | 33 días/año | 24 mensualidades | ✓ Sí | Opcional (elige trabajador) |
| Procedente | 0 € | — | ✓ Sí | ✗ No |
| Objetivo | 20 días/año | 12 mensualidades | ✓ Sí | ✗ No |
| Disciplinario (si improcedente) | 33 días/año | 24 mensualidades | ✓ Sí | Opcional (elige trabajador) |
| Colectivo (ERE) | 20 días/año | 12 mensualidades | ✓ Sí | ✗ No (salvo nulidad) |
| Nulo | 45 días/año (subsidiario) | 42 mensualidades | ✓ Sí | ✓ Obligatoria |
Importante: La calificación del despido la determina el juez tras analizar las pruebas aportadas por ambas partes. Un despido que la empresa presenta como disciplinario puede declararse improcedente o nulo si no se acredita la causa o si vulnera derechos fundamentales. Por eso es crítico contar con asesoramiento especializado desde el primer momento.
Desde despidos improcedentes hasta reclamaciones por acoso laboral. Estos son los servicios laborales que ofrecemos con modelo sin adelantar dinero: solo cobras si ganamos.
Impugnamos despidos sin causa real o con defectos formales graves. Reclamamos indemnización de 33 días por año trabajado o readmisión si la prefieres.
Defensa en despidos que vulneran derechos fundamentales: embarazo, maternidad/paternidad, discriminación por género, raza, edad, orientación sexual o ideología.
Recuperamos salarios impagados, horas extras no abonadas, pagas extras, pluses, comisiones, diferencias salariales y cualquier concepto retributivo que te deban.
Defensa ante conductas de acoso sistemático: humillaciones, aislamiento, amenazas, cambios de funciones injustificados para forzar tu salida voluntaria.
Impugnamos cambios unilaterales de horario, jornada, funciones, salario, centro de trabajo o sistema de remuneración sin tu consentimiento o causa justificada.
Si la empresa lleva dos meses sin pagarte el salario completo, puedes extinguir el contrato tú mismo con derecho a indemnización como si te hubieran despedido.
Defensa ante despidos durante baja, presiones para volver antes del alta, negativa a pagar complementos pactados o sanciones por ausencias médicas justificadas.
Reclamación de prestaciones denegadas o mal calculadas: desempleo, incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación, maternidad/paternidad.
Anulamos sanciones injustificadas, desproporcionadas o sin procedimiento correcto. Plazo: 20 días hábiles desde notificación escrita.
Representación en el acto previo obligatorio ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Intentamos acuerdo ventajoso antes de llegar a juicio.
Todos los servicios operan con modelo sin adelantar dinero: presentamos tu demanda sin que pagues nada por adelantado. Solo cobras si ganamos el juicio o logramos un acuerdo favorable. Si perdemos, no pagas honorarios.
No pagas nada por adelantado. Presentamos tu demanda, asistimos al juicio y defendemos tus derechos sin que tengas que sacar un euro de tu bolsillo. Solo cuando ganamos el caso y cobras tu indemnización o salarios adeudados, entonces cobras tú y cobramos nosotros. Si perdemos, no pagas honorarios.
Nos cuentas tu caso por teléfono o WhatsApp. Valoramos si tienes opciones reales de ganar. Si es viable, aceptamos el caso y empezamos a trabajar de inmediato.
Redactamos y presentamos tu demanda ante el Juzgado de lo Social. Asumimos todos los trámites, gestiones y desplazamientos. Tú no adelantas ni un euro.
Asistimos contigo al acto de conciliación y al juicio oral. Presentamos pruebas, interrogamos testigos y defendemos tu caso ante el juez. Todo incluido sin costes previos.
Cuando ganamos el juicio o logramos acuerdo favorable, cobras tu indemnización, salarios adeudados o cantidad reconocida. Entonces cobras tú, y cobramos nosotros un porcentaje acordado.
Si el juez da la razón a la empresa y perdemos el caso, no pagas nuestros honorarios. Asumimos el riesgo nosotros. Este modelo solo funciona si aceptamos casos con viabilidad real: no nos interesa perder tiempo en casos perdidos de antemano, porque entonces no cobramos. Por eso analizamos bien cada situación antes de aceptarla. Si aceptamos tu caso, es porque creemos que puedes ganar.
Valoración inicial gratuita · Solo aceptamos casos viables · Sin adelantar dinero
El procedimiento laboral está diseñado para ser rápido. Entre el despido y la sentencia suelen pasar entre 3 y 6 meses. Aquí te explicamos cada paso del proceso para que sepas exactamente qué va a ocurrir.
Nos llamas por teléfono o WhatsApp y nos cuentas tu situación. Analizamos si tienes un caso viable: si hay causa para reclamar, si estás en plazo (crítico: 20 días hábiles para despidos) y qué opciones reales tienes de ganar. Si aceptamos el caso, firmamos acuerdo de honorarios con modelo sin adelantar dinero.
Día 0 · Valoración gratuitaAntes de llegar a juicio, existe un trámite obligatorio ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Es un intento de acuerdo extrajudicial. Asistimos contigo, exponemos tus pretensiones y negociamos. Si la empresa acepta un acuerdo satisfactorio, evitamos el juicio. Si no hay acuerdo o la oferta es insuficiente, seguimos adelante con la demanda.
15-30 días desde contacto · ObligatorioSi no hay acuerdo en conciliación, redactamos y presentamos demanda ante el Juzgado de lo Social competente. Incluimos todos los hechos, fundamentos jurídicos, pruebas documentales y peticiones concretas (indemnización, salarios adeudados, readmisión si procede). El juzgado la admite a trámite y cita a ambas partes para el acto de juicio.
Inmediato tras conciliación sin acuerdoEntre la presentación de la demanda y el juicio suelen pasar 2-4 meses. Durante ese tiempo preparamos pruebas (documentos, testigos, informes periciales si proceden), estudiamos la contestación de la empresa, planificamos la estrategia de defensa y te preparamos para el interrogatorio. Te explicamos exactamente qué va a pasar en la sala y qué preguntas te harán.
2-4 meses preparaciónEl juicio laboral es un acto único y concentrado que dura entre 30 minutos y 2 horas. Se celebra ante el juez de lo social. Primero intentamos conciliación judicial (última oportunidad de acuerdo). Si no hay acuerdo, el juez escucha a ambas partes, admite pruebas, interroga testigos y permite alegaciones finales. Asistimos contigo, te defendemos y exponemos tus argumentos.
Acto concentrado · 30 min - 2hEl juez dicta sentencia en un plazo de 5 días desde el juicio (aunque en la práctica pueden ser 2-3 semanas). La sentencia declara el despido procedente, improcedente o nulo; reconoce o deniega las cantidades reclamadas; y establece las consecuencias (indemnización, readmisión, salarios de tramitación). Si ganamos, la empresa tiene 5 días para pagar o recurrir.
5 días legales (2-3 semanas real)Si ganamos y la sentencia es firme, la empresa debe pagar la cantidad reconocida en 5 días. Si no paga voluntariamente, iniciamos ejecución forzosa: embargo de cuentas bancarias, nóminas de otros trabajadores o bienes de la empresa. Una vez cobrada la cantidad, te transferimos tu parte y cobramos nuestros honorarios según lo pactado. Si perdemos el juicio, no pagas honorarios.
5 días pago voluntario o ejecuciónPlazos orientativos: Desde el despido hasta el cobro de la indemnización suelen pasar entre 4 y 8 meses en primera instancia. Si hay recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, se añaden 6-12 meses adicionales. El proceso es más rápido que cualquier procedimiento civil.
Calcula de forma orientativa la indemnización que te correspondería según el tipo de despido, años trabajados y salario bruto mensual. Esta es una estimación aproximada; el cálculo exacto requiere analizar tu caso concreto.
Esta calculadora ofrece una estimación orientativa. El cálculo exacto de tu indemnización depende de múltiples factores: antigüedad precisa (días exactos), salario regulador (incluye pagas extras prorrateadas, pluses consolidados, horas extras habituales), topes legales aplicables (24 mensualidades para improcedente, 42 para nulo, 12 para objetivo), y circunstancias específicas del despido. Para un cálculo preciso y defensa de tu caso, contacta con nosotros.
Estas son las consultas más habituales que recibimos de trabajadores. Si te identificas con alguna de estas situaciones, actúa rápido: los plazos en derecho laboral son muy cortos.
"Llevo dos meses de baja por ansiedad. Hoy he recibido carta de despido disciplinario alegando bajo rendimiento. ¿Pueden despedirme estando de baja?"
El despido durante situación de incapacidad temporal (baja médica) es nulo salvo que se demuestre causa real ajena a la baja. Si la empresa no acredita que el despido es totalmente independiente de tu estado de salud, el juez lo declarará nulo. Consecuencia: readmisión obligatoria inmediata + salarios de tramitación completos desde el despido hasta la readmisión efectiva. Plazo para impugnar: 20 días hábiles desde recepción de la carta.
✓ Nulidad · Readmisión obligatoria"Mi jornada es de 8h diarias pero todos los días me quedo 2-3 horas más. La empresa dice que 'así es el sector' pero no me paga horas extras. Llevo así 3 años."
Las horas trabajadas por encima de tu jornada pactada son horas extraordinarias que deben pagarse o compensarse con descanso. Puedes reclamar las horas extras no abonadas de los últimos 5 años (prescripción). Necesitas acreditar las horas trabajadas: emails con hora de envío, registros de entrada/salida si existen, testigos compañeros, cualquier comunicación interna. Si la empresa carece de sistema de registro horario obligatorio (RD-ley 8/2019), la carga de la prueba se invierte: es la empresa quien debe demostrar que NO trabajaste esas horas.
✓ Reclamación hasta 5 años atrás"Mi jefe me grita delante de compañeros, me cambia las funciones constantemente para humillarme, me excluye de reuniones importantes y me ha quitado responsabilidades sin motivo. Estoy con ansiedad y no puedo más."
El acoso laboral (mobbing) permite extinguir el contrato con indemnización como si fuera despido improcedente (33 días/año) más reclamación de daños y perjuicios. Es fundamental recopilar pruebas: emails, mensajes, testigos, informes médicos que relacionen la ansiedad con el trabajo, bajas médicas. Puedes solicitar la extinción del contrato por incumplimiento grave de la empresa (art. 50 ET) o esperar a que te despidan y alegar nulidad si el despido es consecuencia del acoso. También puedes denunciar ante Inspección de Trabajo.
✓ Extinción indemnizada + daños"Trabajo de 9h a 17h desde hace 8 años. La empresa me ha comunicado que a partir del mes que viene mi horario será de 14h a 22h. Tengo hijos pequeños y no puedo. ¿Pueden obligarme?"
Una modificación sustancial de condiciones de trabajo (horario, jornada, funciones, salario, centro) requiere procedimiento específico y causa justificada. Si la modificación te perjudica gravemente, puedes: (1) impugnar la modificación en 20 días hábiles solicitando que se anule, o (2) extinguir el contrato con indemnización de 20 días por año (tope 9 mensualidades). La empresa debe notificar con 15 días de antelación y justificar la medida en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas probadas. Si no lo hace o la causa no existe, puedes anular la modificación.
✓ Impugnación o extinción indemnizada"Ayer mi jefe me dijo 'no vuelvas mañana, estás despedido'. No me ha dado ningún papel. Hoy he ido a trabajar y no me dejan entrar. ¿Qué hago?"
El despido sin carta escrita o con carta que no indica causa concreta es despido improcedente por defecto de forma. Actúa inmediato: (1) envía burofax a la empresa solicitando carta de despido escrita con causa, fecha de efectos y cálculo de indemnización si procede; (2) si no responden en 48-72h, presenta papeleta de conciliación ante SMAC; (3) impugna el despido en 20 días hábiles. El despido verbal o sin forma adecuada es improcedente: indemnización 33 días/año + salarios de tramitación si eliges readmisión. No dejes pasar el plazo de 20 días.
✓ Improcedente por defecto forma"Trabajo 40 horas semanales pero mi nómina dice 950€ brutos al mes. El salario mínimo son 1.134€. La empresa dice que 'es lo que hay'. ¿Pueden pagarme menos del SMI?"
Ningún trabajador a jornada completa puede cobrar menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI 2025: 1.184€ brutos/mes en 14 pagas). Si cobras menos, puedes reclamar las diferencias salariales de los últimos 5 años. Además, cobrar sistemáticamente por debajo del SMI sin causa justificada puede constituir incumplimiento grave que permite extinguir el contrato con indemnización (33 días/año) si llevas dos meses sin cobrar el salario completo debido. Reclama las diferencias + posible extinción indemnizada si el impago persiste.
✓ Reclamación diferencias + extinción¿Te identificas con alguna de estas situaciones? No esperes a que el problema se enquiste. Los plazos en derecho laboral son muy cortos: 20 días hábiles para impugnar despidos y sanciones. Llámanos hoy mismo para valorar tu caso sin compromiso.
Las preguntas más frecuentes que nos hacen trabajadores sobre despidos, reclamaciones laborales y procedimientos ante el Juzgado de lo Social. Si tu duda no está aquí, llámanos.
El tiempo corre: tienes solo 20 días hábiles para impugnar un despido. No pierdas tus derechos por esperar. Valoramos tu caso gratis y sin compromiso.
Abogado online en España para particulares, empresas y extranjeros.
Asesoramiento jurídico claro, profesional y orientado a solución.
Consulta inicial con reserva previa. Atención online y telefónica en toda España.